Para la postulación es necesario que la práctica responda a los siguientes requisitos:
Encuadre en los conceptos de buena práctica y de vinculación tecnológica-social trabajados por el Observatorio.
Ser resultado de un trabajo conjunto entre al menos una Universidad Pública y un Gobierno Local (municipio, comuna, distrito, parroquia, prefeitura o intendencia) de un país que integre la región de referencia de Mercociudades (Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Paraguay, Perú, Ecuador, Uruguay y Venezuela). Este trabajo se debe encontrar formalizado por la firma de un convenio, contrato u otro tipo de documento legal, sea el mismo a título oneroso o gratuito.
Completar información requerida, con material de difusión (gráfico, audiovisual, etc.) y contactos actualizados de los responsable.
Que se encuentre finalizada, o cuente con resultados e impactos evaluados.
Se definen como buenas prácticas a todas aquellas iniciativas, que siendo un producto de instancias de vinculación tecnológica-social, han promovido soluciones innovadoras (en el logro de sus propósitos), y han contribuido con algunos de los siguientes fines: mejorar las condiciones de vida de los habitantes de un determinado territorio; contribuido con procesos de desarrollo local o de inclusión social; eliminar o mitigar asimetrías sociales o territoriales; fortalecer la calidad ciudadana; avanzar en procesos de descentralización y/o mejoras cuali o cuantitativas en la gestión gubernamental; mejoras ambientales u otras acciones siempre que las mismas estén orientadas al logro de una mejora en la calidad de vida de la población. De esta manera, una buena práctica debe contribuir a la implementación de los ODS de la Agenda 2030.
En base a los criterios establecidos por la UNESCO, en el marco de su programa MOST (Management of Social Tranformations), se definen los siguientes criterios para una Buena Práctica:
Se reconoce por ellas, a las actividades de extensión, vinculación y/o transferencia tecnológica (EVyTT) que implican procesos de interacción entre universidades públicas y gobiernos locales (GL), que tengan por finalidad contribuir al desarrollo social, económico y/o cultural de la población, y cuyos beneficios sean apropiables por la misma a título no oneroso, con la excepción de las prácticas promovidas que tengan por finalidad la promoción de procesos de inclusión social, como es el caso del desarrollo de experiencias de economía social.